¿Es obligación para el empleador pagar un aumento salarial si lo solicito? ¡Descubre la respuesta!

En el ámbito laboral, una de las inquietudes más frecuentes de los trabajadores es saber si tienen derecho a un aumento salarial. ¿Es obligatorio para el empleador pagar un aumento salarial si se lo solicito? Esta pregunta surge cuando un empleado considera que su salario es insuficiente o no se ajusta a sus expectativas. Sin embargo, la respuesta no es tan simple como una respuesta afirmativa o negativa.

En este artículo, descubrirás la respuesta a esta pregunta y comprenderás las circunstancias en las que un empleador puede estar obligado a pagar un aumento salarial. También exploraremos las situaciones en las que el aumento salarial no es obligatorio y qué opciones tienes como trabajador para negociar un salario más justo. ¡Sigue leyendo para descubrir la verdad!

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¿Puedo pedir un anticipo de mi salario? ¡A continuación, descubre tus derechos laborales!

Hay momentos en los que necesitamos dinero de forma urgente, ya sea para reparar una avería en el coche, comprar un aparato dental para nuestro hijo o simplemente para aprovechar una oferta para cerrar las vacaciones. En situaciones como estas, una de las formas más accesibles y menos gravosas de conseguir dinero es pedir un anticipo de la nómina. Pero, ¿está la empresa obligada a adelantarte el salario solo porque se lo pidas?

¿Qué dice la ley?

¿Qué dice la ley?

La respuesta es afirmativa. Los adelantos de nómina son un derecho reflejado en el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 29. Según el texto legal, el trabajador y, con su autorización, sus representantes legales, tendrán derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado.

¿Cuánto dinero puedo pedir?

La ley permite pedir un anticipo de nómina por el trabajo ya realizado. Es decir, la empresa te tiene que adelantar los días que ya hayas trabajado. Por ejemplo, si estamos a día 10 de mes, podrás solicitar que te adelanten esos 10 días de trabajo. Del mismo modo, si es día 25, la empresa tendrá que adelantarte el pago de 25 días de salario.

Si tu salario es de 1.500 euros netos y has trabajado 10 días, te corresponderán un adelanto de 500 euros como mucho. A partir de ahí, puede haber convenios colectivos que regulen la cantidad a adelantar y la limiten hasta un 90%, por ejemplo.

¿Qué pasa con las pagas extraordinarias?

La ley solo contempla la posibilidad de pedir un adelanto de la parte proporcional del trabajo desempeñado que no tiene en cuenta las pagas extraordinarias, salvo que el convenio laboral diga lo contrario. Sin embargo, es habitual que quienes tienen la paga extraordinaria prorrateada y reciben su salario en 12 pagas, sí que puedan disfrutar de un anticipo de ese dinero por una cuestión de simplicidad en los trámites.

¿Cuánto dinero cobrarás después en la nómina?

El anticipo de nómina se restará al salario que después de tu salario mensual. Lo que cobrarás al final de mes es la diferencia entre ambos. Siguiendo con el ejemplo anterior, un trabajador que cobre 1.500 euros y pida un anticipo de 10 días de salario, solo percibirá 1.000 euros al final de mes.

¿Pueden adelantarte días no trabajados?

Es posible pedir un anticipo por los días no trabajados, pero la empresa no está obligada a concederlo porque no figura en el Estatuto de los Trabajadores. Eso no quiere decir que no se pueda conseguir, ya que algunos convenios colectivos pueden incluir esta opción.

¿Qué plazo tiene la empresa para pagar el anticipo de la nómina?

La ley no establece ninguna fecha concreta ni ningún límite para que la empresa ingrese el anticipo. Lo normal es que se hagan de forma rápida porque estas peticiones suelen deberse a urgencias que surgen en el camino.

Cómo solicitar un adelanto de salario

El Estatuto de los Trabajadores no recoge el procedimiento para pedir el anticipo, aunque lo mejor suele ser hacerlo por escrito para dejar constancia donde figuren los días trabajados. Lo más importante al hacerlo es poder justificar esos días que ya se han trabajado. En cualquier caso, el Estatuto sí que indica que la empresa tendrá que entregar al trabajador un recibo individual del pago del salario o del adelanto.

La mayoría de empresas y gestorías ya prevén este tipo de situaciones y cuentan con modelos para informar. ¡Así que no dudes en pedir tu anticipo de nómina cuando lo necesites!

José Manuel Pérez

Soy José Manuel, un experto en temas de actualidad nacional española y colaborador del Diario Online, un periódico independiente que se caracteriza por ofrecer información veraz y objetiva. Mi pasión por el periodismo me impulsa a investigar a fondo cada noticia para brindar a nuestros lectores contenido relevante y de calidad. Con mi experiencia y conocimientos, me esfuerzo por contribuir al debate público y mantener informada a nuestra audiencia sobre los acontecimientos más importantes en España. ¡Sígueme para estar al tanto de toda la actualidad!

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