Se anula otro juicio por disturbios tras la sentencia del procés debido a la ley de amnistía.

Se anula otro juicio por disturbios tras la sentencia del procés debido a la ley de amnistía. La polémica continúa en torno a los eventos ocurridos durante el procés independentista en Cataluña, esta vez con la anulación de un juicio por disturbios. La razón detrás de esta decisión se encuentra en la controvertida ley de amnistía, que ha generado debate en la opinión pública y en los círculos judiciales. Este nuevo episodio pone de relieve las tensiones políticas y sociales que persisten en torno a este tema tan sensible en la sociedad española. La incertidumbre sobre el futuro de los implicados en estos sucesos se ve así prolongada, mientras que las repercusiones de la aplicación de la ley de amnistía siguen generando división y controversia en el país.

Nueva anulación de juicio por disturbios tras sentencia del procés por ley de amnistía

Nueva anulación de juicio por disturbios tras sentencia del procés por ley de amnistía

La Audiencia de Barcelona ha anulado otro juicio que debía iniciarse el próximo lunes contra una manifestante acusada de disturbios en las protestas contra la sentencia del procés. Esto se debe a la inminente aprobación de la ley de amnistía. Según ha informado el colectivo de abogados Alerta Solidària y han confirmado fuentes jurídicas, la sección tercera de la Audiencia ha comunicado oralmente a las partes que suspende el juicio, al tener en cuenta que los hechos encajan en los supuestos previstos en la ley de amnistía, que se aprobará a finales de mayo o principios de junio próximo.

Con esta, son ya al menos tres las suspensiones de juicios o vistas orales acordadas por tribunales catalanes por la inminencia de la ley de amnistía, que prevé el borrado de delitos para encausados por hechos relacionados con el procés desde el año 2011. En este caso, la acusada es una vecina de Sant Celoni (Barcelona) para quien la Fiscalía pide tres años de cárcel por desórdenes públicos en las protestas contra la sentencia del procés.

Un juzgado de lo penal de Girona fue el primero que acordó suspender un juicio por desórdenes, aduciendo la posible aprobación de la ley de amnistía, a lo que se sumó después el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que anuló la deliberación de un recurso de apelación por una sentencia vinculada a los disturbios del procés.

El criterio de los tribunales, no obstante, es dispar: el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) descartó suspender el juicio contra los cargos de ERC Josep Maria Jové y Lluís Salvadó por la organización del 1-O, como pedían las defensas alegando la tramitación de la ley de amnistía, aunque finalmente lo hizo para no interferir en la campaña electoral. Otras salas de la Audiencia de Barcelona también han rechazado peticiones de suspensión de juicios fundamentadas en la inminente aprobación de la ley de amnistía.

Fernández asegura que no hay confianza en Cataluña para replantear el financiamiento a causa del procés.

José Manuel Pérez

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